El órgano de control señala que determinó la suspensión provisional por tres meses, sin remuneración, de los concejales Ernesto Zadoc Smith Pacheco y Diego Edinson Serrano Ardila, dado que están inmersos en una investigación disciplinaria por presunta comisión de faltas disciplinarias gravísimas, contenidas en el numeral 17 del artículo 48 de la ley 734 de 2002.
Dentro de los antecedentes planteados en la providencia, la Procuraduría Provincial indica que el pasado 30 de octubre de 2020 el partido Centro Democrático inició indagación preliminar contra los concejales Smith y Serrano por encontrarse presuntamente incursos en la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo.
“En la misma decisión se dispuso imponer como medida cautelar la pérdida de los derechos de voz y voto de los cabildantes por el término de 90 días, decisión contra la que no procede recurso alguno, razón por la cual quedó ejecutoriada de inmediato”, agregó.
El órgano de control también relata en los antecedentes que el Concejo de Ciénaga fue notificado vía correo electrónico y que la decisión debió ser acatada inmediatamente porque era una decisión ejecutoriada.
Así mismo, indica que el 1ro de noviembre de 2020 se celebró una sesión convocada por la mesa directiva y en la corporación no recibieron el auto (físico) de fecha 30 de octubre.
Es importante recordar que ese día se eligió nueva mesa directiva para el año 2021, en la cual resultó electo presidente el concejal Carlos Padilla Peña y votaron los cabildantes inmersos en la medida cautelar de prohibición de voz y voto.
La Procuraduría Provincial estableció que se dan los requisitos para ordenar la suspensión provisional, por cuanto su comportamiento con relación a los hechos ha consistido en una sistemática y recurrente omisión a la medida de suspensión provisional emitida por el partido Centro Democrático, al continuar ejerciendo su derecho a voz y voto como concejales del municipio de Ciénaga a sabiendas que estaban suspendidos.
En consecuencia ordena la suspensión provisional de los señores Ernesto Zadoc Smith Pacheco y Diego Edinson Serrano Ardila, en sus calidades de concejales del municipio de Ciénaga por el término de tres (3) meses, sin derecho a remuneración.
La Procuraduría Provincial también resolvió oficiar a la mesa directiva del Concejo de Ciénaga, solicitándole el cumplimiento inmediato a la presente decisión y además deberá enviar copia oportuna de su actuación para que haga parte del expediente.
De igual forma, resuelve comunicar a los investigados la determinación tomada en esta providencia, advirtiéndoles que la misma será enviada a consulta de la Procuraduría Regional del Magdalena, sin perjuicio del cumplimiento inmediato de la decisión adoptada.
Es válido reiterar que esta decisión se consultará ante la Procuraduría Regional del Magdalena.
Al notificarse esta decisión en las próximas horas al cuerpo colegiado, el G-10 deberá sesionar sin dos de sus cabildantes en lo que resta del periodo de sesiones ordinarias del mes de agosto, aunque todavía tienen mayoría.
Según entendidos en el tema, una hipotética confirmación del fallo por instancia superior, podría decantar a futuro en consecuencias (vicios de forma) para muchas decisiones que se tomaron por parte del cuerpo colegiado desde el 1ro de noviembre de 2020, donde participaron con voz y voto los concejales suspendidos provisionalmente.
Es significativo informar que la queja ante la Procuraduría Provincial fue interpuesta por Luis Guillermo Bermúdez Díaz, a través del apoderado José Manuel Noguera Habeych.
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