El alcalde municipal a través de los decretos No. 290 y 291 adoptó medidas especiales para salvaguardar la vida y salud de los cienagueros. Así mismo, decretó el toque de queda transitorio de 12:30 a.m. (madrugada) a 5:00 a.m., hasta el 1 de septiembre del 2021.
“Toque de queda en la Jurisdicción de Ciénaga-Magdalena, área urbana y rural, en consecuencia se restringe la libre circulación de personas y vehículos en las siguientes fechas y horarios: a partir del día 21 de junio de 2021 al 1 de septiembre de 2021, en el horario de 12:30 a.m. (madrugada) a 5:00 a.m.”, reza en el decreto.
Parágrafo 6: “Se autoriza el funcionamiento de bares, estaderos, billares, discotecas, y establecimientos de comercio que tengan dentro de su actividad comercial el expendio de bebidas embriagantes para el consumo al interior del establecimiento en el municipio de Ciénaga-Magdalena en el periodo comprendido del 20 de junio al 01 de septiembre de 2021 en el siguiente horario: de lunes a domingos, a partir de la 12:00 del mediodía a 12:00 de la noche”(cierre).
MEDIDAS MÍNIMAS DE BIOSEGURIDAD ESTABLECIMIENTOS – EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS EMBRIAGANTES:
1.- Priorizar el desarrollo de la actividad en espacios abiertos y/o que permitan la circulación de aire natural.
2.- Verificar el distanciamiento físico de un (1.00) metros entre cada mesa.
3.- El aforo permitido será del 25% de la capacidad física del local.
4.- Fijar avisos en el interior del negocio con las recomendaciones alusivas a conservación de dos (2) metros entre personas, al autocuidado y mitigación a la propagación al COVID-19.
5.- Implementar el uso de la reserva digital, con los datos del cliente con anterioridad para evitar aglomeraciones.
6.- Incentivar el consumo responsable de bebidas alcohólicas mediante campañas visuales, y promover el retorno seguro con el conductor elegido.
7.- Dispóngase en las entradas del establecimiento de comercio elementos de desinfección manuales tales como gel, jabones y/o desinfectantes y además vigilará que las personas al ingresar cubran boca y nariz con el uso obligatorio de tapabocas o mascarillas.
Parágrafo 2: “La Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana y la Secretaría de Salud Municipal conjuntamente con el Coordinador Municipal para la Gestión de Riesgos de Desastres (CMGRD), se encargarán de la vigilancia para el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad para la mitigación y adecuado control de la pandemia”.
Fuente Prensa Alcaldía