El Pico y Cédula día par e impar obligatorio para actividades de comercio esencial y no esencial, entidades bancarias y/o financieras y entidades públicas, comienza a aplicarse desde el jueves 11 y hasta el 25 de marzo.
La atención al público en los establecimientos de comercio esencial y no esencial, entidades bancarias y/o financieras, establecimientos de giros y envíos, se realizará de acuerdo al último dígito de la cédula, es decir, las personas con cédulas terminadas en números pares (2, 4, 6, 8, 0) se atienden los días pares y las personas con cédulas terminadas en números impares (1, 3, 5,7, 9) se atienden en días impares.
Es importante aclarar que, los horarios de atención para el comercio esencial y no esencial se mantienen, es decir, de lunes a sábados de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., domingos y festivos de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
El gobierno municipal también modificó el horario de atención de la Alcaldía con la finalidad de evitar el contagio de Covid 19.
El alcalde Luis Tete Samper a través del decreto N°. 155 de marzo 10 de 2021, adoptó medidas para la atención al público en los establecimientos comerciales y entidades públicas con la finalidad de controlar la propagación del Covid 19 y preservar la vida y la salud de los cienagueros.
El decreto N°. 155 de marzo 10 de 2021 establece medidas de prevención y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Covid 19, por lo cual, el acto administrativo fue remitido al correo electrónico covid19@minterior.gov.co del Ministerio del Interior para su validación de acuerdo a la articulación y coordinación que se deben implementar con las directrices dispuestas por el Gobierno Nacional.
Las medidas adoptadas por la administración municipal son:
En cuanto a las entidades bancarias y/o financieras, la Notaria Única, La Oficina de Instrumentos Públicos, la Registraduría, establecimientos de giros y envíos e Intraciénaga atenderán de acuerdo al horario establecido por cada entidad.
El Pico y Cédula día par e impar no aplica para droguerías, farmacias, veterinarias y distribuidora de alimentos de animales por su carácter de servicio esencial vital y podrán atender al público en el horario de funcionamiento señalado por cada establecimiento comercial, con el cumplimiento estricto de los protocolos y medidas de bioseguridad y deben priorizar las entregas de medicamentos mediante el servicio de domicilios.
La medida no aplica para médicos y el personal que presta servicios en el sector salud, restaurantes, establecimientos de comidas rápidas, gimnasios y hoteles por lo cual, deberán cumplir estrictamente con los protocolos de bioseguridad y distanciamiento físico.
De igual forma, el decreto N°. 155 de marzo 10 de 2021, modificó el horario de atención al público en la Alcaldía Municipal, secretarías de Educación y Salud, Instituto de Tránsito y Transporte -Intraciénaga-, Comisaria de Familia e Inspección Única de Policía, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12 m, a partir del jueves 11 hasta el miércoles 31 de marzo del 2021.
Cabe anotar que, la recepción peticiones, quejas, reclamos y sugerencias se realizará a través de los correos electrónicos oficiales de cada una de las secretarias y dependencias registradas en el sitio web: www.cienaga-magdalena.gov.co
Así mismo, continua vigente el decreto N°. 146 de marzo 5 de 2021 que estableció toque de queda desde el 5 de marzo hasta el 01 de junio del 2021, es decir, esta prohibido la libre circulación de personas entre las 10:00 p.m. y 5:00 a.m., también está prohibido la venta, consumo y distribución de bebidas embriagantes los fines de semana durante el periodo comprendido entre el 5 de marzo y 4 de abril.
El mandatario Luis Tete Samper solicitó en repetidas ocasiones ante el Ministerio del Interior estas medidas que permitan salvaguardar la salud e integridad de los cienagueros, debido al alto número de contagios presentados en los últimos meses y la ocupación del 100% de las camas de Unidades de Cuidados Intensivos -UCI- del Hospital San Cristóbal y la Fundación Policlínica Ciénaga.