El artículo 3º del decreto 268 prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios abiertos o públicos y aunque la venta de alcohol no está prohibida, su consumo debe circunscribirse a espacios privados.
Se mantiene el pico y cédula par e impar, es decir los días pares están habilitadas las cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8, mientras que los días impares los dígitos 1, 3, 5, 7 y 9.
El decreto indica que de lunes a sábados el horario de atención al público será de 7 de la mañana a 7 de la noche, los domingos de 7 de la mañana a 4 de la tarde y las tiendas de barrio atenderán de 7 de la mañana a 9 de la noche.
En el acto administrativo se confirma la reapertura de restaurantes, establecimientos de comidas rápidas, gimnasios y el sector hotelero.
Los restaurantes abrirán sus puertas de lunes a sábado de 7 de la mañana a 7 de la noche, los domingos sólo domicilios con despacho hasta las 10 de la noche, las ventas de comidas rápidas atenderán de 4 de la tarde a 9 de la noche.
Por su parte, los gimnasios quedan habilitados para abrir sus puertas de 5 de la mañana a 8 de la noche.
Las playas, ríos y sitios turísticos naturales como el volcán, podrán ser utilizados de 8 de la mañana a 3 de la tarde, a partir del 10 de octubre.
Queda prohibida aún la apertura de bares, discotecas, estaderos, billares, cantinas y afines.
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