Magistrado Adonay Ferrari Padilla presentó ante la sala Salvamento de Voto, considerando que no se debió denegar las súplicas de la demanda y al contrario nulificar la elección por la doble militancia en que habría incurrido el demandado, en este caso el alcalde**El fallo del Tribunal Administrativo del Magdalena fue firmado por los magistrados Adonay Ferrari Padilla, Maribel Mendoza Jiménez y Martha Lucía Mogollón Saker, Magistrada ponente.
Redacción La Lupa Ciénaga
El fallo del Tribunal Contencioso Administrativo del Magdalena establece declarar no probada la excepción de inepta demanda por indebida acumulación de pretensiones, propuesta por el apoderado judicial de Holmes de Jesús Echeverría De la Rosa; de conformidad con los motivos expuestos en esta providencia.
Así mismo, el fallo declara no probada la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva, propuesta por la Registraduría General del Estado Civil; de acuerdo a lo expuesto en las consideraciones de la providencia.
Finalmente, la decisión del Tribunal Administrativo del Magdalena en el punto 3 define: negar las súplicas de la demanda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia.
Es preciso señalar que el Magistrado Adonay Ferrari Padilla presentó ante la sala de lo contencioso administrativo, Salvamento de Voto, considerando que no se debió denegar las súplicas de la demanda y al contrario nulificar la elección por la doble militancia en que habría incurrido el demandado, en este caso el alcalde de la Zona Bananera Holmes Echeverría de la Rosa.
La demanda de nulidad contra la elección del alcalde Holmes Echeverría de la Rosa había sido interpuesta por la excandidata del partido de la U, Lorena Yolima Avendaño Miranda, por presunta doble militancia, cuando estaba en campaña para el primer cargo político administrativo del municipio zonero.
www.lalupacienaga.com.co conoció, que este fallo del Tribunal Administrativo del Magdalena es de única instancia y no procedería recurso alguno.
Se habla también de una población menor a 70 mil habitantes en la Zona Bananera, razón por la cual no se podría acudir al recurso de apelación ante El Consejo de Estado.
Como se recordará www.lalupacienaga.com.co había manifestado en anterior informe que “un nuevo curso” había tomado esta demanda de nulidad y por ello era necesario la decisión definitiva del Tribunal Administrativo del Magdalena para no entrar a especular sobre este fallo que definía el futuro político y administrativo del municipio Zona Bananera.
En esa oportunidad también se manifestó que la ponencia del Magistrado Adonay Ferrari Padilla había sido derrotada en la sala de lo contencioso administrativo.
El pasado 17 de agosto la sala de decisión del alto tribunal no aprobó el proyecto de sentencia registrado en la agenda el ocho (8) de agosto y que presuntamente correspondía a un fallo que circuló en redes sociales y que establecía la nulidad de la elección del alcalde zonero.
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