Ciénaga dejó de estar en 5ta categoría según el ranking de la Contaduría General de la Nación y pasó a ser un ente territorial de 6ta categoría.
Redacción General
Esta decisión de la Contaduría General de la Nación se estableció en la resolución No. 400 del 29 de noviembre de 2019, teniendo en cuenta los siguientes ítems:
- Los límites definidos de población e Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD) para cada categoría de departamento, distrito y alcaldía.
Es decir, la población que tiene el municipio según el censo DANE y los recaudos por conceptos de impuestos (recursos propios) durante la vigencia anual.
- El valor máximo definido de los gastos de funcionamiento como proporción de los ICLD para las diferentes entidades territoriales, a la cual pertenecen, en la vigencia 2019.
Es decir, los gastos de funcionamiento de la alcaldía, en proporción a los recursos de libre destinación (propios) recaudados.
Según el acto administrativo Ciénaga baja de categoría por los siguientes números:
Población DANE:120.071 habitantes
Recursos propios: 17 mil 98 millones de pesos.
Gastos de funcionamiento: 14 mil 236 millones.
Porcentaje gastos de funcionamiento: 83.27%.
Normatividad
Estos términos están previstos en la normatividad vigente, el artículo primero (1) de la Ley 617 de 2000 y el Artículo sexto (6) de la Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 153 del Decreto 2106 del 22 de noviembre de 2019, los departamentos, distritos y municipios del país tienen plazo hasta el 30 de octubre de 2019 para expedir el respectivo acto Administrativo por el cual definen la Categoría de su entidad territorial para la vigencia 2020.
Lo anterior, con base en las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre ICLD recaudados efectivamente en la vigencia anterior (2018), la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior (2018) y la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) sobre la población para el año anterior (2018).
El DANE y el Contralor General de la República remitieron al gobernador o alcalde las certificaciones a más tardar el treinta y uno (31) de julio de 2019. Si el respectivo gobernador o alcalde no expide la certificación para auto categorizarse mediante decreto antes del 31 de octubre del presente año, dicha certificación será expedida por el Contador General de la Nación en el mes de noviembre a través de Resolución.

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