Entre los argumentos de la solicitud se establece que al departamento del Magdalena, certificado en educación, se le han girado dineros del Fondo de Recursos de Mitigación de Emergencias FOME por un monto de 11 mil 131 millones de pesos, precisamente para generar las condiciones que permitan el regreso a las aulas de los niños, niñas y adolescentes.
Estos recursos fueron girados entre agosto y diciembre de 2020, mediante resoluciones 14663 y 22751, sin que se hubieran incorporado y ejecutado en esa vigencia fiscal.
Plantea la Ministra María Victoria Ángulo que estos recursos FOME, fueron incorporados mediante decreto 135 del 21 de mayo de 2021 y hasta la fecha “no han reportado avances en su ejecución, así como tampoco hay claridad de cómo se proyectan las adquisiciones o compras con cargo a esta fuente que garanticen la implementación de los planes de bioseguridad”.
Le expresa la Ministra a la Procuradora “por noticia del diario El Tiempo de 12 de julio de 2021, tuvimos conocimiento que el Gobernador del departamento del Magdalena, señor Carlos Caicedo, ha manifestado su decisión de no regresar a la prestación del servicio educativo de manera presencial.
De acuerdo con la nota de prensa, esta decisión fue adoptada “…luego de analizar el tema con alcaldes, asociaciones de padres de familia, personeros estudiantiles, rectores, directivos docentes y consejos educativos de los diferentes colegios públicos del departamento…”, quienes en su mayoría “…coincidieron en que en estos momentos no hay condiciones suficientes para el regreso presencial a clases de los niños, niñas y jóvenes magdalenenses”. Así mismo, el artículo señala que esta determinación se sustenta en que “…actualmente solo el 57.7 por ciento de los profesores han recibido la primera dosis y otro porcentaje grande sigue sin completar el esquema completo”.
Añade el texto: “frente al particular, se encuentra importante destacar que la prestación del servicio educativo en los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media está regulada para desarrollarse de manera presencial; es decir, en el país no existe normativa vigente que permita la prestación del servicio educativo de manera no presencial en forma generalizada en estos niveles de educación y fue sólo por la excepción provocada por el aislamiento preventivo obligatorio ordenado por el Decreto 457 de 22 de marzo de 2020, y con la finalidad de evitar la interrupción de los procesos formativos de los niños, que se optó por la modalidad de trabajo académico en casa a partir del 25 de marzo de 2020”.
“Es por ello que desde mayo de 2020 el Ministerio de Educación Nacional dispuso las orientaciones y los recursos necesarios para garantizar la educación bajo el esquema de alternancia para posteriormente retornar a la prestación del servicio educativo de manera presencial”.
A través de la Directiva 11 del 29 de mayo de 2020, el Ministerio de Educación Nacional, dictó los lineamientos para el retorno gradual, progresivo y seguro a los establecimientos educativos, y el alistamiento de las condiciones de bioseguridad, administrativas, técnicas y pedagógicas para facilitar la transición de las actividades escolares a las instituciones, a través del esquema de alternancia.
Con la referida directiva el Ministerio de Educación entregó a las secretarías de educación un lineamiento para la transición progresiva del servicio educativo a la modalidad presencial y la implementación de prácticas de bioseguridad que reduzcan el riesgo de contagio de COVID-19 en la comunidad educativa.
De igual manera, se señaló que sería responsabilidad de la Secretaría de Educación correspondiente, mantener relación constante con la instancia territorial competente en salud para monitorear el comportamiento del contagio y actuar de conformidad con las disposiciones emitidas por la autoridad sanitaria nacional que es el Ministerio de Salud y Protección Social.
Entre otros aspectos, la Directiva 011 del 29 de mayo de 2020 convocó a las Entidades Territoriales Certificadas (como el Departamento del Magdalena), a preparar las condiciones requeridas para el retorno de los estudiantes a las aulas de clase bajo condiciones de bioseguridad y las recomendaciones de las autoridades sanitarias ante la pandemia del Covid-19.
Nótese que ese llamado hecho por el Gobierno Nacional fue realizado con la debida anticipación (hace un poco más de un año) para que cada Entidad Territorial Certificada en Educación como autoridad competente para la prestación del servicio educativo adelantara las acciones requeridas.
Además, el documento convocaba a revisar las condiciones de cada establecimiento, su contexto territorial y poblacional para la implementación de prácticas de bioseguridad en las diferentes áreas, servicios o programas de permanencia escolar como alimentación y transporte escolar, brindando orientaciones prácticas para el ingreso y salida de las instituciones educativas y para los desplazamientos de los miembros de la comunidad educativa desde y hasta la vivienda.
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