Redacción La Lupa Ciénaga
La Sección Quinta del Consejo de Estado a través de la Consejera ponente Rocío Araujo Oñate resolvió admitir el recurso de apelación presentado por el señor Bladimir Torres Pereira en su condición de demandante y Henry de la Hoz Melo como coadyuvante, contra la sentencia del 25 de julio proferida por el Tribunal Administrativo del Magdalena.
Como se recordará esta sentencia declaró probada la excepción de inepta demanda y se inhibió para decidir de fondo las pretensiones.
En ese orden la sala de lo contencioso administrativo resuelve en su artículo segundo, poner a disposición del apoderado del demandado, por secretaría, el memorial de apelación por el término de tres (3) días.
Vencido dicho plazo, el expediente debe permanecer por tres (3) días más en secretaría para que las partes presenten los alegatos por escrito, según lo dispuesto en el artículo 293 de la ley 1437 de 2011.
En el artículo tercero de esta decisión se establece que vencido este último plazo, el expediente debe ponerse a disposición del Agente del Ministerio Público a efectos de que rinda su concepto dentro de los cinco (5) días siguientes.
La admisión de la apelación presentada por Bladimir Torres Pereira, le agrega un nuevo capítulo a la demanda de nulidad contra la elección del Alcalde Edgardo Pérez Díaz, que ahora en este definitivo escenario (El Consejo de Estado) generará nuevas expectativas sobre el devenir político – administrativo del municipio de Ciénaga.
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