La Corte Constitucional acaba de dejar en firme uno de los fallos con más impacto ciudadano.
Los magistrados se negaron a anular la sentencia que obliga a identificar al conductor infractor para ser multado.
Con una votación de 8 a 1, los magistrados negaron la nulidad de la sentencia que puso en jaque el funcionamiento de las máquinas de fotomultas en Colombia, al imponerles a las autoridades de Tránsito la obligatoriedad de identificar al conductor antes de sancionarlo.
El requisito que ordena la Corte Constitucional resulta prácticamente insuperable, pues en Colombia ninguna de las 473 cámaras autorizadas tiene reconocimiento facial, y se trata de una tecnología que estaría lejos del alcance de las autoridades.
Se calcula que esta decisión impactaría en un promedio de 600 mil millones de pesos al año; al menos esto fue lo que se produjo por fotocomparendos en 2019.
El año pasado fueron multados 144 colombianos al día: 280.000 vehículos –carros o motos– por mal estacionamiento y a cerca de 500.000 conductores que sobrepasaron el límite de velocidad.
Tomado de Semana