El acto administrativo prohíbe, el consumo de bebidas embriagantes las veinticuatro (24) horas, en jurisdicción del Municipio de Ciénaga-Magdalena, en las playas, ríos, espacios abiertos, espacios públicos, parques, el malecón turístico, canchas deportivas, centros recreativos, puntos fríos, billares, estaderos, discotecas, centro de eventos, mercado público, tiendas de barrios y todos los demás establecimientos comerciales no habilitados, a partir de las cero horas del día 2 de diciembre de 2020, hasta las cero horas del día 16 de enero de 2021.
“Se autoriza el expendio de bebidas embriagantes en jurisdicción del municipio de Ciénaga-Magdalena, para el consumo en espacios privados”.
El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio no autorizados, acarreará la imposición del comparendo a los infractores, y al administrador o gerente del respectivo establecimiento comercial además de las sanciones contempladas en la ley 1801 de 2016, con la suspensión de la actividad económica mediante orden de sellamiento inmediato del establecimiento comercial por un término entre tres (3) y hasta de diez (10) días, y el desacato de tal orden o la reiteración en el comportamiento contrario a la convivencia, dará lugar a un cierre de tres (3) meses.
Se estableció un plan piloto de consumo de bebidas alcohólicas de la siguiente manera:
Autorizar el funcionamiento de bares, estaderos, billares, discotecas centro de eventos, restaurantes y establecimientos de comercio que tengan dentro de su actividad comercial el expendio de bebidas embriagantes para el consumo al interior del establecimiento en el municipio de Ciénaga-Magdalena a partir de las cero horas del día 10 de diciembre de 2020 hasta las cero horas del día 21 de diciembre de 2020.
Ámbito de aplicación:
El Plan Piloto de que trata el presente artículo aplica para los establecimientos de comercio que desarrollen actividades de expendio de bebidas alcohólicas para el consumo al interior del establecimiento y a la mesa restaurantes de comidas preparadas, en el municipio de Ciénaga – Magdalena.
Horarios:
Los establecimientos de comercio que se autoricen dentro del Plan Piloto: Estaderos, bares, billares, Discotecas, podrán operar la actividad económica en el siguiente horario: los días jueves, viernes, sábados y domingos de 5:00 p.m. a 10:00 p.m.
Los centro de eventos: requerirán autorización previa de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, el permiso obtenido comprenderá el evento aprobado el día y horario para su realización.
Restaurantes: de lunes a domingo en el horario de 4:00 p.m. a 7:00 p.m.
Comercio esencial y no esencial:
En cuanto al comercio esencial y no esencial se decretó que la comercialización de productos ESENCIALES, (sector del mercado público, supermercados, graneros, graneros, distribuidora de pollos, carnes y huevos, veterinarias, etc) y NO ESENCIALES (ferreterías, cacharrerías, misceláneas, repuestos de bicicletas etc.), atenderán: de lunes a sábados de 7 a.m. a 7.00 p.m., domingos y festivos: de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
Horario temporada de diciembre:
Se autoriza la atención al público los días 5, 6, 7, 22, 23, 24, 29, 30 y 31 de diciembre de 2020, al comercio esencial y no esencial de 7:00 a.m. a 10:00 p.m.
Las droguerías y farmacias por su carácter de servicio esencial podrán atender al público dentro del horario de funcionamiento señalado por cada establecimiento comercial, debiendo priorizar las entregas de medicamentos mediante el servicio de domicilios.
El alcalde Luis Tete Samper a través del decreto N°. 236 del 30 de noviembre del 2020, adopta medidas de prevención y mitigación del riesgo, con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Covid 19.
En caso de presentarse una variación negativa en el comportamiento de la propagación del COVID-19, la Secretaria de Gobierno conjuntamente con la Secretaria de Salud y Desarrollo Social, remitirán al Ministerio del Interior, un informe de la situación epidemiológica del Municipio y de ser necesario solicitará autorización, para ordenar el cierre de actividades comerciales, restricciones, o modificación de horarios y la implementación de medidas que sean fundamentales para la mitigación de la pandemia del Coronavirus Covid 19 y de la suspensión del Plan Piloto de consumo de bebidas embriagantes en bares, estaderos, billares, discotecas, centro de eventos restaurantes y establecimientos de comercio en el municipio de Ciénaga- Magdalena.
Leer decreto…
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